{"id":5863,"date":"2022-08-09T09:14:09","date_gmt":"2022-08-09T14:14:09","guid":{"rendered":"https:\/\/www.sistemasaberes.com\/?p=5863"},"modified":"2023-04-12T11:28:54","modified_gmt":"2023-04-12T16:28:54","slug":"evita-inconvenientes-con-la-dian-que-es-la-facturacion-electronica-en-los-colegios","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.sistemasaberes.com\/evita-inconvenientes-con-la-dian-que-es-la-facturacion-electronica-en-los-colegios\/","title":{"rendered":"Evita inconvenientes con la DIAN \u00bfQu\u00e9 es la facturaci\u00f3n electr\u00f3nica en los colegios?"},"content":{"rendered":"
Muchas instituciones tuvieron que verse forzadas a dos cosas a la vez. Primero a la facturaci\u00f3n; algo que para muchos era una cuesti\u00f3n desconocida, sobre todo las instituciones que ven\u00edan haciendo el tr\u00e1mite a papel de pagos y con recibos de caja. Siendo as\u00ed, el primer golpe que se dieron muchas instituciones fue que se vieron obligados a facturar y lo segundo fue que de manera electr\u00f3nica.<\/p>\n
En uno de nuestros Webinars, contamos con la presencia de dos expertos en el tema. Xiomara Florez y Juan Nicol\u00e1s Cedano;<\/em><\/strong>\u00a0quienes nos explicaron m\u00e1s espec\u00edficamente lo que significa esta implementaci\u00f3n en los colegios.<\/p>\n <\/p>\n Xiomara Florez; <\/em><\/strong>muchas veces se presenta que como instituci\u00f3n educativa piensan que al generar un documento mensual no es necesario entregarle al pap\u00e1 una factura electr\u00f3nica por esos cobros que est\u00e1 pagando. Eso es un error grave, porque con este proceso de facturaci\u00f3n electr\u00f3nica, como instituci\u00f3n educativa est\u00e1n obligados a hacerlo.<\/p>\n \u00a1Ojo!<\/strong> el recibo impreso hoy ya no es v\u00e1lido. Los pap\u00e1s est\u00e1n en su derecho de exigirle a la instituci\u00f3n\u00a0 que se le entregue una factura electr\u00f3nica donde certifique que est\u00e1 generando unos pagos por unos servicios. Como colegio se debe cumplir con una entrega de un documento mensual donde le certifique pap\u00e1 que, efectivamente, est\u00e1 cancelando sus servicios educativos. Independiente de que el pap\u00e1 pague por anticipado<\/p>\n Juan Nicol\u00e1s;<\/em><\/strong>\u00a0el decreto de 042 del 2020<\/em><\/strong>, lleg\u00f3 y desde ah\u00ed los colegios tuvieron implementar la factura electr\u00f3nica. Adem\u00e1s, en todo lo que conlleva la facturaci\u00f3n, donde se interpreta que muchos colegios est\u00e1n conformados tributariamente representados como personas naturales. As\u00ed que muchos pensaron que al ser persona natural no deb\u00eda declarar facturaci\u00f3n electr\u00f3nica, pero la resoluci\u00f3n indica que si recibes ingresos de m\u00e1s de 3500 UVT; eso en un colegio es un traduce a la matr\u00edcula de 200mil pesos, tarifa econ\u00f3mica, y que tenga 60 estudiantes. Siendo as\u00ed ya est\u00e1 obligado a hacer facturaci\u00f3n electr\u00f3nica.<\/p>\n\u00bfCu\u00e1les han sido los principales retos de los colegios con la sistematizaci\u00f3n electr\u00f3nica frente a la DIAN?<\/h1>\n
\u00bfLa facturaci\u00f3n electr\u00f3nica es para colegios privados o p\u00fablicos?<\/h2>\n